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miércoles, 20 de febrero de 2013

¿Reválidas a los 5 años?

La colaboración de la inspección en una barbaridad que ataca el fundamento de la educación infantil y aumentará el fracaso escolar.


Subdirección General de Inspección Educativa
Consejería de Educación, Juventud y Deporte
Comunidad de Madrid

Madrid, a 5 de febrero de 2013.

Estimado Sr. Director/a:

El vigente Plan General de Actuación de la Inspección Educativa, aprobado por la Resolución de 19 de julio de 2012, comprende las actuaciones de la inspección previstas para el presente curso escolar. Dentro de ellas, se ha otorgado interés prioritario a la supervisión de la Propuesta Pedagógica del segundo ciclo de Educación Infantil, con el objetivo fundamental de comprobar el grado de aprendizaje alcanzado por los alumnos de este ciclo.

Con tal fin, y en virtud de las funciones y atribuciones que la normativa asigna a la inspección Educativa, se va a realizar una evaluación externa para comprobar los aprendizajes de los alumnos de cinco años en los aspectos relacionados con la lectura, la escritura, la numeración y el cálculo. La finalidad principal es conocer el conjunto de capacidades específicas que poseen estos alumnos, como colectivo, al inicio de la Educación Primaria. En ningún caso se trata de una evaluación individual de los niños; se persigue, en cambio, una valoración general del sistema, de la etapa en su conjunto, afirmada en los resultados globales de los centros.

La evaluación externa presentada, que se llevará a cabo en una muestra seleccionada de colegios públicos y concertados de la Comunidad de Madrid durante la segunda semana del mes de junio, consistirá en la realización, por parte de los alumnos de cinco años, de un pequeño ejercicio que se dividirá en dos partes: una oral, para comprobar los aprendizajes de lectura y comprensión lectora, y otra escrita, que incluirá actividades de lectura, escritura, numeración y cálculo, tomando como referencia los objetivos, contenidos y criterios de evaluación que se establecen en el Anexo l del Decreto 17/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrollan para la Comunidad de Madrid las enseñanzas de la Educación Infantil.

El inspector de referencia del centro que usted dirige le indicará, en el caso de que forme parte de la muestra y según se establezca en la normativa que dicte las instrucciones para la celebración de este ejercicio, las pautas de intervención que se correspondan con esta actuación.

Atentamente,

El Subdirector General de Inspección  Educativa

Luis E. Iñigo Fernández

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