viernes, 8 de octubre de 2010

El Supremo confirma el currículo de Educación Primaria aprobado por la Comunidad de Madrid

Incluimos extractos de la argumentación esencial de la sentencia (RI §1044852) en el desplegable

Como recogíamos hace meses el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia favorable a la Comunidad de Madrid por parte del TSJM recurrida por el Ministerio.

Sorprenden dos cosas. La primera, que el recurso del Ministerio se centre sólamente en aspectos "ideológicos", cuando en el currículo existen considerables inclumplimientos de la autonomía de los centros y retorcimientos torticeros de la legalidad.

La segunda, que los jueces entren a valorar las intenciones del legislador basándose en el desarrollo de programas temporales y de dudosa aplicación al conjunto del alumnado; es como si justificaran que en la Constitución no esté el derecho a la libre expresión por el hecho de que la Comunidad tuviera un programa para el uso de la prensa en el aula, o algo así.

Entre unos y otros se da carta blanca a que la Comunidad de Madrid siga con su contrarreforma educativa y con la separación creciente entre la reserva de ozidente y el mundo real.

Accede al texto completo de la sentencia aquí.

QUINTO.- Observamos que la Sala de instancia explicita de forma prolija cómo el currículo desarrollado por la Comunidad Autónoma atiende a las exigencias formativas de igualdad de todos los seres humanos, no discriminación por características personales incluyendo la de género y el rechazo a la discriminación por razón de sexo, utilización sistemática del dialogo, reparto equilibrado y adquisición de responsabilidades en tareas domésticas, uso de un lenguaje no discriminatorio.

Otro tanto realiza respecto a las pretendidas omisiones en el desarrollo de las capacidades afectivas al mostrar que entre los objetivos se encuentra aprender a expresar y comunicar con autonomía e iniciativa emociones y vivencias, desarrollar la autoestima y la afectividad en sus relaciones con los demás.

Si atendemos a lo antes mencionado no pueden prosperar los motivos.

Cierto que los términos utilizados por la disposición reglamentaria autonómica no constituyen una reproducción mimética de las normas estatales pero ello no impide entender, como hace la Sala de instancia, que la norma refleja los objetivos marcados por la normativa estatal en tales ámbitos en orden a la formación en determinados valores de convivencia. Lo importante es que se respetan esos objetivos independientemente de como vengan expresados.

1 comentario:

Educación en Orcasur dijo...

Estaís muy acertados cuando habláis de que la Comunidad de Madrid ha emprendido una contrarreforma educativa. Ciertamente, casi lo de los contenidos es insignificate con asuntos del calado de "la destrucción de la unidad del sistema educativo". Se están pasando de largo todas las líneas rojas. Y va a ser muy difícil recomponer todo lo que se está rompiendo.

Releyendo documentos sobre la Historia de la Educación en la II República Española, nos hemos encontrado con esta cita del Ministro socialista de Educación Fernando de los Ríos:

"Nosotros consideramos absolutamente imprescindible ir a lo que se llama la escuela unificada. Es nuestro programa, es nuestro ideal... es la posibilidad del acceso del pueblo a todos los grados de la enseñanza y a todos los centros docentes"
Fernando de los Ríos.