lunes, 11 de mayo de 2009

El PP europeo bloquea la ampliación de la baja por maternidad a 20 semanas

El PP contra la conciliación familiar

El Parlamenteo Europeo debía pronunciarse el 6 de mayo sobre la prolongación del permiso por maternidad mínimo en la UE. Los diputados abogaban por ampliarlo hasta 20 semanas, frente a las 14 actuales y las 18 que propone la Comisión. Además, la comisión de Derechos de la Mujer reclamaba una prestación económica equivalente al 100% del último sueldo de la madre durante las 6 primeras semanas, y al 85%, como mínimo, para el resto de la baja. Los diputados también exigía un permiso por paternidad obligatorio de dos semanas.

La comisión de Derechos de la Mujer reclamba, en sus enmiendas en primera lectura, ampliar la duración de la baja por maternidad a un mínimo de 20 semanas en toda la UE. La propuesta de directiva es una revisión de la normativa vigente, que garantiza un mínimo de 14 semanas de baja. Más aspectos que aborda en el desplegable.

Todo quedó en agua de borrajas debido a que el Partido Popular Europeo, manifiestamente contrario a esta ampliación, ha conseguido retrasar su debate (347 votos a favor de retrasarlro; 256 en contra; 10 abstenciones hasta después de las elecciones.
(Para que luego pensemos que da igual ir a votar que no a las "europeas" o que sólo tienen una lectura nacional)
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Guía de la sesión. Estrasburgo, 4-7 de mayo de 2009.
Prolongación del permiso por maternidad, de 14 a 20 semanas como mínimo
Derechos de la mujer / Igualdad de oportunidades
Fuente: Parlamento Europeo

El PE se pronunciará sobre la prolongación del permiso por maternidad mínimo en la UE. Los diputados abogan por ampliarlo hasta 20 semanas, frente a las 14 actuales y las 18 que propone la Comisión. Además, la comisión de Derechos de la Mujer reclama una prestación económica equivalente al 100% del último sueldo de la madre durante las 6 primeras semanas, y al 85%, como mínimo, para el resto de la baja. Los diputados también exigen un permiso por paternidad obligatorio de dos semanas.

La comisión de Derechos de la Mujer reclama, en sus enmiendas en primera lectura, ampliar la duración de la baja por maternidad a un mínimo de 20 semanas en toda la UE. La propuesta de directiva es una revisión de la normativa vigente, que garantiza un mínimo de 14 semanas de baja.

El informe de la socialista portuguesa Edite ESTRELA, que el pleno votará la semana que viene, aboga por que las seis primeras semanas después del parto sean obligatorias con el fin de facilitar la lactancia. Durante esas seis semanas, el Estado debería estar obligado a abonar el 100% del último sueldo de la madre, mientras que para el resto de la baja la prestación económica mínima sería de un 85% con respecto al último salario.

La Comisión Europea propuso previamente ampliar la baja por maternidad hasta las 18 semanas, de las que las seis primeras después del parto serían obligatorias. Además, en su propuesta, la Comisión preconiza el pago durante la baja del 100% del último sueldo mensual o del salario medio, aunque esta disposición no es de obligado cumplimiento. Los Estados tendrían un plazo de dos años para adaptarse a la nueva directiva una vez aprobada, lo que probablemente tenga lugar en la próxima legislatura.

En España, la baja por maternidad dura 16 semanas. Las seis primeras después del parto son de carácter obligatorio para la madre, mientras que el resto se pueden transferir al cónyuge. La ley española prevé una prestación económica durante las 16 semanas equivalente a la totalidad del último sueldo de la madre.

En otros países de la UE, como Suecia, la baja por maternidad dura siete semanas antes del parto más siete después y hasta que el niño cumpla los 18 meses. Además, las dos primeras semanas después del parto son obligatorias. La retribución económica es del 80% del sueldo durante 390 días, y hay también una prestación mínima durante 90 días más. En Alemania, por ejemplo, la baja dura 14 semanas obligatorias (seis antes del parto y ocho después). Allí se cubre la totalidad del sueldo.

En Francia, el permiso tiene una duración de 16 semanas (las dos antes y las seis después del parto son obligatorias), mientras que se cubre el 100% del salario del trimestre precedente. Por otra parte, en Finlandia la baja 105 días laborables y las dos semanas antes del parto son obligatorias. La cobertura económica depende de las ganancias anteriores y se reduce a 57 días laborables después del parto.

El informe parlamentario subraya que en algunas circunstancias especiales la baja se puede fijar en 52 semanas, de las que sólo se remunerará una parte. Según Estrela, las medidas propuestas en su informe tienen el triple objetivo de incidir positivamente en la salud de la madre, ayudar a la recuperación física tras el parto y establecer una relación sólida con el hijo.

La comisión parlamentaria también promueve una baja suplementaria remunerada, con una prestación económica equivalente al 100% del último sueldo de la madre, en caso de parto prematuro, cesárea, muerte durante el parto, parto múltiple o discapacidad.

Permiso por paternidad obligatorio

El informe sugiere introducir una baja por paternidad de dos semanas obligatoria y remunerada íntegramente, algo que responde al principio de igualdad de trato y que no viene recogido ni en la legislación actual ni en la propuesta de la Comisión. Además, el texto define este tipo de baja como de "paternidad o co-maternidad", para tener en cuenta los distintos tipos de modelo familiar (enmienda 43).

Depresión posparto

El documento que llegará al pleno exige a los Estados miembros que garanticen que la depresión posparto se reconozca como causa de incapacidad laboral y apoyen campañas de sensibilización para luchar contra los prejuicios y el riesgo de estigmatización relacionados con esta enfermedad. Además, los países se asegurarán de que las ausencias laborales por enfermedad o complicaciones resultantes del embarazo o de una depresión posparto no incidan en la duración del permiso de maternidad (enmiendas 39 y 42).

Prohibición de despido

Los diputados exigen prohibir los despidos durante la baja por maternidad hasta, como mínimo, seis meses después del final de ésta (la Comisión propuso prohibir los despidos solamente durante la baja).

Asimismo, el texto parlamentario recalca que todo despido efectuado durante los 12 meses posteriores a la baja no puede estar relacionado con ésta y tendrá que justificarse por escrito.

Los diputados consideran imprescindible facilitar a las mujeres un puesto "equivalente" al que tenían antes de la baja. La definición de "equivalente" implica el mismo salario, la misma categoría profesional y los mismos cometidos. Los empleadores tendrán que examinar seriamente las solicitudes de modificación del ritmo y los horarios de trabajo, a fin de garantizar una mejor conciliación entre la vida personal y la profesional.

Por otro lado, el texto señala que toda madre lactante tendrá derecho a dos pausas de una hora al día, salvo que el empleador haya previsto otras medidas de conciliación equivalentes.

Trabajadores autónomos y "cónyuges colaboradores"

La comisión de Derechos de la Mujer también se pronunciará sobre la revisión de la directiva que regula el permiso por maternidad de las trabajadoras autónomas y refuerza la protección social de sus cónyuges.

Los "cónyuges colaboradores" son aquéllos que participan de forma habitual en la actividad profesional del trabajador autónomo. La mayoría se encuentran en la agricultura, el comercio, las pequeñas y medianas empresas y las profesiones liberales.

La comisión parlamentaria recalca que los Estados miembros deberían tomar las medidas necesarias para que los cónyuges colaboradores se afilien obligatoriamente a los mismos regímenes de seguridad social que los trabajadores autónomos que cubran las prestaciones por enfermedad, invalidez y vejez. El objetivo de esta medida es el reconocimiento de la contribución de los cónyuges colaboradores a la empresa familiar, ofreciéndoles la posibilidad de acogerse a una protección social equivalente a la de sus parejas.

Esta idea es contraria a la propuesta de la Comisión, que propugna una afiliación de base voluntaria.

Por otra parte, el informe de Astrid LULLING (Luxemburgo, PPE-DE) propone que las cotizaciones sociales de los cónyuges colaboradores sean deducibles de los impuestos como gastos de explotación, del mismo modo que la remuneración concedida al cónyuge, con la condición de que los servicios se hayan prestado debidamente y de que se trate de una remuneración adecuada.

Derecho a maternidad adaptado

Los diputados piden a los países de la UE que garanticen que las mujeres que trabajan por cuenta propia y sus cónyuges colaboradores puedan tener derecho a un permiso por maternidad adaptado a su situación especial.

Los interesados deberían poder elegir la duración de la baja, siempre que esta no supere el máximo estipulado en la legislación comunitaria.

Ponente: Edite ESTRELA y Astrid LULLING.
Procedimiento de codecisión: primera lectura.
Votación: 06.05.2009.

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