jueves, 10 de diciembre de 2009

El borrador del decreto que sustituye al 1004 reduce los requisitos mínimos de los centros

Análisis elaborado por STES-i del borrador presentado por el ME.

STES-i denuncia que el Ministerio quiere reducir los requisitos mínimos de los centros docentes, lo que perjudicará la calidad de la enseñanza

STES-i denuncia que los cambios que pretende introducir el Ministerio contribuyen a la desregularización de los requisitos mínimos, cuyo único beneficiario será la patronal de la enseñanza concertada, que no su alumnado, al quitarle exigencias a la hora de construir centros.

Hoy finaliza el plazo dado por el Ministerio a las organizaciones sindicales para presentar alegaciones al proyecto de Real Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros educativos. Así mismo, en el ámbito del Consejo Escolar del Estado, se ha reproducido el mismo plazo para que los consejeros presentarán también sus enmiendas.

STES-I ha presentado enmiendas a dicho proyecto, tanto ante el Ministerio como en el CEE, con el propósito de recuperar algunas condiciones contenidas en el Real Decreto 1004/1991, aún vigente, que en el proyecto del Ministerio han desparecido, en lo que constituye un claro empeoramiento de los requisitos mínimos exigibles en todo el Estado, tanto a los colegios e institutos públicos como a los concertados.

En este capítulo, nos encontramos con lo siguiente:

EDUCACIÓN INFANTIL

• No establece requisitos para los centros que impartan el primer ciclo de la Ed. Infantil (salvo la titulación del personal, aunque aquí también rebaja el nº de personas con la titulación de maestro que debe haber; en el 1004 era uno de cada seis (Art. 15.1) y ahora lo deja abierto (Art. 7.2). En el 1004 se exigía una persona más que el nº de unidades en funcionamiento (15.1), ahora no (7).
• El 1004 establece algunos requisitos mínimos para los centros de primer ciclo de Ed. Infantil (10), el proyecto lo deja en manos de las Consejerías (4.2).
• El nº de alumnos y alumnas se fijaba (13), y en el proyecto no, se deja a las Consejerías.

• En el segundo ciclo se quita la obligatoriedad de un aseo por aula, el nº de m2 mínimos que debe tener el aula, y la necesidad de que el patio de recreo aumente en 50 m2 por unidad cuando estas sobrepasen el nº de 6. (11 del 1004; 5.2. del proyecto). No aparece la obligatoriedad de aseos para el personal (antes en el 11).
• Los centros que impartan los dos ciclos deben tener 6 unidades (excepto zona rural) como mínimo, aumentando los requisitos en función de las unidades (12.1); en el proyecto no se cita.

EDUCACIÓN PRIMARIA.

• El 1004 marca un mínimo de 1’5 m2 por alumna/o y 30m. por aula (20.a), ahora desaparece el nº de metros mínimo del aula (9.a).
• Desaparecen (9.b) los m2 de los 2 espacios por cada seis unidades para desdobles y actividades de refuerzo (20.b. del 1004).
• El 1004 marca (20.c) una sala polivalente de 100 m2, ahora desaparece el nº de metros (9.c.).
• Ambos decretos contemplan un patio de recreo con un mínimo de m2, aunque el 1004 (20.d) marca 3 m2 por alumna/o y ahora no.
• En el proyecto desaparece el espacio cubierto para Ed. Física que el 1004 (20.f.) fijaba en un mínimo de 200 m2, incluido vestuarios…
• Desaparece el tamaño mínimo de la Biblioteca y de la Sala del Profesorado.

EDUCACIÓN SECUNDARIA.

• El 1004 marca un mínimo de 1’5 m2 por alumna/o y 40 m. por aula (25.a); ahora desaparece el nº de metros mínimo del aula (13.a).
• Ahora desaparecen (13) los 100 m2 de aula taller por cada 12 unidades o fracción (25.b. del 1004).
• Desaparecen también (13.b. y 13.c.) el mínimo de m2 que deben tener las aulas música, informática y plástica y las del laboratorio de ciencias experimentales que antes marcaba el 1004 (25.c y 25.d.).
• Ambos decretos contemplan un patio de recreo con un mínimo de m2, aunque el 1004 (25.e) marca 3 m2 por alumna/o y ahora no.
• En el proyecto desaparece el espacio cubierto para Ed. Física que el 1004 (25.g.) fijaba en un mínimo de 480 m2, incluido vestuarios…
• Desaparece el tamaño mínimo de la Biblioteca y de la Sala del Profesorado, que sí marcaba el 1004.

BACHILLERATO.

• En los requisitos para las modalidades de Bachillerato, desaparecen los siguientes requisitos que figuraban en el 1004:
1. Superficie mínima (26.2.) de los laboratorios y de las aulas de dibujo y tecnología.
2. Superficie mínima de las 2 aulas dotadas de instalaciones adecuadas para la modalidad de artes.
• La “superposición” del uso de espacios entre alumnado de ESO y Bachillerato sin indicar nº de aulas o espacios que debe haber en función del nº de unidades, hace que estos espacios sean insuficientes cuando se dan las dos etapas educativas.

FORMACIÓN PROFESIONAL

El 1004 establecía (art. 30 a 41) los requisitos mínimos para impartir enseñanzas de FP, en el proyecto se dice (12.c) que los centros que impartan títulos de FP se atendrán a los requisitos mínimos que estable este RD y al RD 1538/2006, de 15 del 12.
Los PCPI: Los requisitos que deben cumplir los centros que impartan estos programas los fijarán las Consejerías de Educación.

Esta confederación también ha añadido propuestas de mejora de los edificios y de nuevos equipamientos que no aparecen reflejados en el proyecto, como espacio para enfermería y botiquín, comedores escolares, espacios para desdoblamiento de grupos, extensión de los equipamientos para las TIC, incrementos de superficie en aulas, laboratorios, patios, etc.

Por otra parte, el proyecto mantiene la misma ratio profesorado/alumnado para el grupo clase que se estableció en el R.D. de 1991. Han transcurrido casi 20 años desde entonces, y la extraordinaria diversidad del alumnado que conllevó la extensión de la escolarización obligatoria hasta los 16 años requiere una urgente disminución de dicha ratio para que sea posible una atención más personalizada, una mejor atención a las dificultades de aprendizaje y a las necesidades educativas especiales del alumnado. Esta medida no puede faltar en cualquier plan dirigido a combatir el fracaso escolar por eso se han presentado enmiendas en este sentido:

Infantil:
Primer ciclo: menores de un año, 4; de uno a dos años, 6; y de dos a tres, 8.
Segundo ciclo: 15 alumnos, y 12 cuando haya diferentes edades.

Primaria: 20 alumnos; 15 si hay varios niveles.
ESO, FP y Bachillerato: 25; 15 cuando haya alumnado con N.E.E.

En definitiva, este proyecto, a la baja en calidad y cantidad respecto a la normativa actual, ni acude a participar en la solución del fracaso escolar ni contribuye a atender las demandas sociales que han de estar en la base de cualquier pacto por la educación. La Confederación STES-i espera que el gobierno se replantee el proyecto y acepte propuestas que mejoren el sistema educativo con unos centros escolares adecuados a los objetivos de las leyes educativas.

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