Ahora sólo queda que pinten las clases
¿Qué pasó con el cumplimiento de la sentencia que ordenaba la retirada de los símbolos religiosos del colegio público de Valladolid y que tanto ruido mediático generó?. Pues que los quitaron, y no nos habíamos enterado.
Para la retirada, según ACEL, "fue necesario un auto judicial obligando al colegio a ejecutar la sentencia de forma inmediata y a notificar al juzgado en el plazo máximo de diez días el órgano encargado de dar cumplimiento a la sentencia y las actuaciones llevadas a efecto para ello".
El auto judicial indicaba que “de acuerdo a la Sentencia del Tribunal Constitucional nº 112/1996 en los procedimientos relativos a los Derechos Fundamentales hay que entender que la ejecutividad es inmediata”.
Fuente: Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid
El auto argumentaba que “la significación religiosa de estos símbolos queda fuera de toda duda” y, al igual que en la sentencia ahora ejecutada, reitera que “la apología de una determinada fe religiosa en el sistema público de enseñanza pugna con el pluralismo y la libertad religiosa que proclama la Constitución española en sus artículos 1 y 16.1”, añadiendo que por el contrario “la retirada de los símbolos de los espacios comunes no supone que se vulnere el derecho de los alumnos o sus padres que hayan optado voluntariamente por recibir enseñanza de religión, ni que se vaya a perjudicar dicha enseñanza”.
La Consejería de Educación había solicitado la suspensión, que ha sido denegada por este auto ya que no se aprecia ninguna circunstancia excepcional para ello.
La ACEL informa de que tanto el auto judicial como el preceptivo informe fiscal indican que frente a las sentencias dictadas en los procedimientos sumarios de Protección de Derechos Fundamentales "solo cabe apelación en un solo efecto", es decir que puede ser apelada para instar su revocación, pero "no suspender su ejecución, al estar afectados derechos fundamentales de las personas".
Aún así, el caso aún no queda definitivamente cerrado debido al recurso contra la sentencia interpuesto por la Junta de Castilla y León. Recurso que ha sido criticado por ACEL
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