* Afirmación solo aplicable para el espacio "puerta del sol" y cuando es utilizado por los manifestantes del denominado 15M. No se aplica para otros convocantes ni para cualquier otro espacio público como colegios, institutos, hospitales, escuelas infantiles, canal de isabel II…
Fuente: Vanguardiaresto del post
1 comentario:
Los peregrinos: ¿ocupan o no ocupan los espacios públicos?
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